La cédula de habitabilidad son un documento administrativo que acredita que una vivienda es apta para ser destinada a la residencia de las personas y tiene las condiciones técnicas de habitabilidad según la normativa vigente.
Es necesaria para:
- Vender o alquilar una vivienda.
- Darse de alta de los servicios de agua electricidad, gas telecomunicaciones y otros servicios.
Existen diferentes tipos de cédulas:
- De primera ocupación: cuando se refiere a viviendas de nueva construcción.
- De primera ocupación de rehabilitación: cuando se refiera a viviendas que son el resultado de una intervención o proceso de rehabilitación o gran rehabilitación.
- De segunda ocupación: cuando se refiere a viviendas que ya existen.
La vigencia de las cédulas es de:
- Cédulas de viviendas nuevas/usadas con data de otorgamiento anterior a 2004: 10 años.
- Cédulas de viviendas nuevas/usadas otorgados del 2004 al 2012: 15 años.
- Cédulas a partir de 2013:
- Cédulas de primera ocupación: 25 años.
- Cédulas de primera ocupación de rehabilitación: 15 años.
- Cédulas de segunda ocupación: 15 años.
Para realizar la tramitación de una nueva cédula o la renovación de una cédula caducada uno de nuestros técnicos realizara una visita en la vivienda para certificar su habitabilidad y realizara los trámites correspondientes para su aprobación por parte de la Agencia de Viviendas de Cataluña.
Para más información podéis utilizar el formulario de CONTACTO.